CONCEPTOS DE TRÁNSITO


DEFINICIONES EN TRÁNSITO Y TRANSPORTE


Acera o andén: Franja longitudinal de la vía urbana,
destinada exclusivamente a la circulación de peatones,
ubicada a los costados de ésta.

Accesibilidad: Condición esencial de los servicios públicos

que permite en cualquier espacio o ambiente exterior o
interior el fácil disfrute de dicho servicio por parte de toda la
población.

Accidente de tránsito: Evento generalmente involuntario,

generado al menos por un vehículo en movimiento, que causa daños a personas y bienes involucrados en él e igualmente afecta la normal circulación de los vehículos que se movilizan por la vía o vías comprendidas en el lugar o dentro de la zona de influencia del hecho.

Acompañante: Persona que viaja con el conductor de un

vehículo automotor.

Adelantamiento: Maniobra mediante la cual un vehículo se
pone delante de otro vehículo que lo antecede en el mismo
carril de una calzada.

Agente de tránsito: Todo funcionario o persona civil

identificada que está investida de autoridad para regular la
circulación vehicular y peatonal y vigilar, controlar e
intervenir en el cumplimiento de las normas de tránsito y
transporte en cada uno de los entes territoriales.

Alcoholemia: Cantidad de alcohol que tiene una persona en

determinado momento en su sangre.

Alcoholometría: Examen o prueba de laboratorio, o por

medio técnico que determina el nivel de alcohol etílico en la
sangre.

Alcoholuria: Examen o prueba de laboratorio, o por otro

medio técnico que determina el nivel de alcohol etílico en la
orina.

Alcohosensor: Sistema para determinar alcohol en aire

exhalado.

Año del modelo: Año que asigna el fabricante o ensamblador

al modelo del vehículo, de acuerdo con la declaración de
despacho para consumo.

Aprendiz: Persona que recibe de un instructor, técnicas de

conducción de vehículos automotores y motocicletas.

Automóvil, antiguo: Automotor que haya cumplido 35 años

y que conserve sus especificaciones y características
originales de fábrica, presentación y funcionamiento.

Automóvil clásico: Automotor que haya cumplido 50 años y

que además de conservar sus especificaciones y
características originales de fábrica, presentación y
funcionamiento, corresponda a marcas, series y modelos
catalogados internacionalmente como tales.

Autopista: Vía de calzadas separadas, cada una con dos (2) o 
más carriles, control total de acceso y salida, con
intersecciones en desnivel o mediante entradas y salidas
directas a otras carreteras y con control de velocidades
mínimas y máximas por carril.

Bahía de estacionamiento: Parte complementaria de la

estructura de la vía utilizada como zona de transición entre la
calzada y el andén, destinada al estacionamiento de
vehículos.

Barrera para control vehicular: Dispositivo dotado de

punzones pinchallantas para uso en retenes y puesto de
control de las Fuerzas Militares, la Policía Nacional, las
autoridades de tránsito y transporte.

Berma: Parte de la estructura de la vía, destinada al soporte

lateral de la calzada para el tránsito de peatones, semovientes y ocasionalmente al estacionamiento de vehículos y tránsito de vehículos de emergencia.

Bicicleta: Vehículo no motorizado de dos (2) o más ruedas en 
línea, el cual se desplaza por el esfuerzo de su conductor
accionando por medio de pedales.

Bocacalle: Embocadura de una calle en una intersección.


Bus: Vehículo automotor destinado al transporte colectivo de

personas y sus equipajes, debidamente registrado conforme a las normas y características especiales vigentes.

Buseta: Vehículo destinado al transporte de personas con

capacidad de 20 a 30 pasajeros y distancia entre ejes
inferiores a 4 metros.

Cabina: Recinto separado de la carrocería de un vehículo

destinado al conductor.

Calzada: Zona de la vía destinada a la circulación de

vehículos.

Carreteable: Vía sin pavimentar destinada a la circulación
de vehículos.

Camión: Vehículo automotor que por su tamaño y
destinación se usa para transportar carga.

Camioneta picó: Vehículo automotor destinado al transporte
de personas en la cabina y de carga en el platón.

Camión tractor: Vehículo automotor destinado a arrastrar
uno o varios semirremolques o remolques, equipado con
acople adecuado para tal fin.

Capacidad de pasajeros: Es el número de personas
autorizado para ser transportados en un vehículo.

Capacidad de carga: Es el máximo tonelaje autorizado en
un vehículo, de tal forma que el peso bruto vehicular no
exceda los límites establecidos.

Carretera: Vía cuya finalidad es permitir la circulación de
vehículos, con niveles adecuados de seguridad y comodidad.

Carril: Parte de la calzada destinada al tránsito de una sola
fila de vehículos.

Carrocería: Estructura del vehículo instalada sobre un
chasis, destinada al transporte de personas o de carga.

Casco: Pieza que cubre la cabeza, especialmente diseñada
para proteger contra golpes, sin impedir la visión periférica
adecuada que cumpla con las especificaciones de las normas Icontec 4533 “Cascos protectores para usuarios de
vehículos”, o la norma que la modifique o sustituya.

Centro de diagnóstico automotor: Ente estatal o privado
destinado al examen técnico-mecánico de vehículos
automotores y a la revisión del control ecológico conforme a
las normas ambientales.

Centro de enseñanza para conductores: Establecimiento
docente de naturaleza pública, privada o mixtos que tenga

como actividad permanente la capacitación de personas que

aspiran a conducir vehículos automotores y motocicletas.

Centro de enseñanza para formación de instructores:
Establecimiento docente de naturaleza pública, privada o
mixta, que tenga como actividad permanente la formación de
instructores en técnicas de conducción de vehículos
automotores y motocicletas.

Centro integral de atención: Establecimiento donde se
prestará el servicio de escuela y casa cárcel para la
rehabilitación de los infractores a las normas del Código de
Tránsito. Podrá ser operado por el Estado o por entes privados que a través del cobro de las tarifas por los servicios allí prestados, garantizarán su autosostenibilidad.

Chasis: Conjunto de elementos que proporcionan soporte a
todas las partes del vehículo mediante un bastidor.
Chatarrización: Desintegración total de un vehículo
automotor.

Choque o colisión: Encuentro violento entre dos (2) o más
vehículos, o entre un vehículo y un objeto fijo.

Ciclista: Conductor de bicicleta o triciclo.

Ciclovía: Vía o sección de calzada destinada ocasionalmente para el tránsito de bicicletas, triciclos y peatones.

Ciclorruta: Vía o sección de la calzada destinada al tránsito
de bicicletas en forma exclusiva.

Cilindrada: Capacidad volumétrica total de los cilindros de
un motor.

Cinturón de seguridad: Conjunto de tiras, provisto de
hebilla de cierre, dispositivos de ajuste y de unión, cuyo fin es sujetar a los ocupantes al asiento del vehículo, para prevenir que se golpeen cuando suceda una aceleración,
desaceleración súbita o volcamiento.

Clase de vehículo: Denominación dada a un automotor de
conformidad con su destinación, configuración y
especificaciones técnicas.

Columna motorizada: Son todos los vehículos
autopropulsados o tractados que hacen parte de un mismo
grupo de desplazamiento militar, bajo el mando de un
comandante que los dirige o coordina.

Combinación de vehículos: Conjunto acoplado de dos (2) o más unidades vehiculares.

Comparendo: Orden formal de notificación para que el
presunto contraventor o implicado se presente ante la
autoridad de tránsito por la comisión de una infracción.

Conductor: Es la persona habilitada y capacitada técnica y
teóricamente para operar un vehículo.

Conjunto óptico: Grupo de luces de servicio, delimitadoras,
direccionales, pilotos de freno y reverso.

Croquis: Plano descriptivo de los pormenores de un
accidente de tránsito donde resulten daños a personas,
vehículos, inmuebles, muebles o animales, levantado en el
sitio de los hechos por el agente, la policía de tránsito o por la autoridad competente.

Cruce e intersección: Punto en el cual dos (2) o más vías se encuentran.

Cuatrimoto: Vehículo automotor de cuatro (4) ruedas con
componentes mecánicos de motocicleta, para transporte de
personas o mercancías con capacidad de carga de hasta
setecientos setenta (770) kilogramos.

Cuneta: Zanja o conducto construido al borde de una vía para recoger y evacuar las aguas superficiales.

Discapacitado: Persona que tiene disminuida alguna de sus
capacidades físicas o mentales.

Embriaguez: Estado de alteración transitoria de las
condiciones físicas y mentales, causada por intoxicación
aguda que no permite una adecuada realización de
actividades de riesgo.

Equipo de prevención y seguridad: Conjunto de elementos necesarios para la atención inicial de emergencia que debe poseer un vehículo.

Espaciamiento: Distancia entre dos (2) vehículos
consecutivos que se mide del extremo trasero de un vehículo
al delantero del otro.

Estacionamiento: Sitio de parqueo autorizado por la
autoridad de tránsito.

Glorieta: Intersección donde no hay cruces directos sino
maniobras de entrecruzamientos y movimientos alrededor de
una isleta o plazoleta central.

Grúa: Automotor especialmente diseñado con sistema de
enganche para levantar y remolcar otro vehículo.

Homologación: Es la confrontación de las especificaciones
técnico-mecánicas, ambientales, de pesos, dimensiones,
comodidad y seguridad con las normas legales vigentes para
su respectiva aprobación.

Infracción: Transgresión o violación de una norma de
tránsito. Habrá dos tipos de infracciones simple y compleja.
Será simple cuando se trate de violación a la mera norma.
Será compleja si se produce un daño material.

Instructor: Persona que imparte enseñanza teórica o práctica para la conducción de vehículos.

Inmovilización: Suspensión temporal de la circulación de un
vehículo.

Licencia de conducción: Documento público de carácter
personal e intransferible expedido por autoridad competente,
el cual autoriza a una persona para la conducción de vehículos con validez en todo el territorio nacional.

Licencia de tránsito: Es el documento público que identifica
un vehículo automotor, acredita su propiedad e identifica a su propietario y autoriza a dicho vehículo para circular por las vías públicas y por las privadas abiertas al público.

Línea de vehículo: Referencia que le da el fabricante a una
clase de vehículo de acuerdo con las características
específicas técnico-mecánicas.

Luces de emergencia: Dispositivos de alumbrado que
utilizan los vehículos en actos propios de su servicio, o
vehículos para atención de emergencia.

Luces de estacionamiento: Luces del vehículo que
corresponden a las señales direccionales, pero en un modo de operación tal que prenden y apagan en forma simultánea.

Luces exploradoras o antiniebla: Dispositivos de
alumbrado especial que facilitan la visibilidad en zonas de
niebla densa o en condiciones adversas de visibilidad.

Maquinaria rodante de construcción o minería: Vehículo
automotor destinado exclusivamente a obras industriales,
incluidas las de minería, construcción y conservación de
obras, que por sus características técnicas y físicas no pueden transitar por las vías de uso público o privadas abiertas al público.

Marcas viales: Señales escritas adheridas o grabadas en la
vía o con elementos adyacentes a ella, para indicar, advertir o guiar el tránsito.

Matrícula: Procedimiento destinado a registro inicial de un
vehículo automotor ante un organismo de tránsito en ella se
consignan las características, tanto internas como externas
del vehículo, así como los datos e identificación del
propietario.

Microbús: Vehículo destinado al transporte de personas con
capacidad de 10 a 19 pasajeros.

Modelo del vehículo: Referencia o código que asigna la
fábrica o ensambladora a una determinada serie de vehículos.

Motocarro: Vehículo automotor de tres ruedas con
estabilidad propia con componentes mecánicos de
motocicleta, para el transporte de personas o mercancías con capacidad útil hasta 770 kilogramos.

Motocicleta: Vehículo automotor de dos ruedas en línea, con capacidad para el conductor y un acompañante.

Mototriciclo: Vehículo automotor de tres ruedas con
estabilidad propia y capacidad para el conductor y un
acompañante del tipo SideCar y recreativo.

Multa: Sanción pecuniaria. Para efectos del presente código
y salvo disposición en contrario, la multa debe entenderse en
salarios mínimos diarios legales vigentes.

Nivel de emisión de gases contaminantes: Cantidad
descargada de gases contaminantes por parte de un vehículo automotor. Es establecida por la autoridad ambiental competente.

Norma de emisión de ruido: Valor máximo permisible de
intensidad sonora que puede emitir un vehículo automotor. Es establecido por las autoridades ambientales.

Número de serie: Número de identificación que cada
fabricante le asigna a un vehículo.

Organismos de tránsito: Son unidades administrativas
municipales distritales o departamentales que tienen por
reglamento la función de organizar y dirigir lo relacionado
con el tránsito y transporte en su respectiva jurisdicción.

Pasajero: Persona distinta del conductor que se transporta en un vehículo público.

Paso a nivel: Intersección a un mismo nivel de una calle o
carretera con una vía férrea.

Paso peatonal a desnivel: Puente o túnel diseñado
especialmente para que los peatones atraviesen una vía.

Paso peatonal a nivel: Zona de la calzada delimitada por
dispositivos y marcas especiales con destino al cruce de
peatones.

Parqueadero: Lugar público o privado destinado al
estacionamiento de vehículos.

Parada momentánea: Detención de un vehículo, sin apagar
el motor, para recoger o dejar personas o cosas, sin
interrumpir el normal funcionamiento del tránsito.

Peatón: Persona que transita a pie o por una vía.
Pequeños remolques: Vehículo no motorizado con
capacidad hasta de una tonelada, halado por un automotor y
dotado de su sistema de luces reflectivas y frenos.

Peso bruto vehicular: Peso de un vehículo provisto de
combustible, equipo auxiliar habitual y el máximo de carga.

Placa: Documento público con validez en todo el territorio
nacional, el cual identifica externa y privativamente un
vehículo.

Prelación: Prioridad o preferencia que tiene una vía o
vehículo con respecto a otras vías u otros vehículos.

Rebasamiento: Maniobra mediante la cual un vehículo
sobrepasa a otro que lo antecedía en el mismo carril de una
calzada.

Registro nacional automotor: Es el conjunto de datos
necesarios para determinar la propiedad, características y
situación jurídica de los vehículos automotores terrestres. En
él se inscribirá todo acto, o contrato providencia judicial,
administrativa o arbitral, adjudicación, modificación,
limitación, gravamen, medida cautelar, traslación o extinción
del dominio u otro derecho real, principal o accesorio sobre
vehículos automotores terrestres para que surtan efectos ante las autoridades y ante terceros.

Registro terrestre automotor: Es el conjunto de datos
necesarios para determinar la propiedad, características y
situación jurídica de los vehículos automotores terrestres. En
él se inscribirá todo acto, o contrato providencia judicial,
administrativa o arbitral, adjudicación, modificación,
limitación, gravamen, medida cautelar, traslación o extinción
del dominio u otro derecho real, principal o accesorio sobre
vehículos automotores terrestres para que surtan efectos ante las autoridades y ante terceros.

Remolque: Vehículo no motorizado, halado por una unidad
tractora a la cual no le transmite peso. Dotado con su sistema de frenos y luces reflectivas.

Retén: Puesto de control instalado técnicamente por una de
las autoridades legítimamente constituidas de la Nación.

Retención: Inmovilización de un vehículo por orden de
autoridad competente.

Sardinel: Elemento de concreto, asfalto u otros materiales
para delimitar la calzada de una vía.

Semáforo: Dispositivo electromagnético o electrónico para
regular el tránsito de vehículos, peatones mediante el uso de
señales luminosas.

Semirremolques: Vehículo sin motor, a ser halado por un
automotor sobre el cual se apoya y le transmite parte de su
peso. Dotado con un sistema de frenos y luces reflectivas.

Señal de tránsito: Dispositivo físico o marca especial.
Preventiva y reglamentaria e informativa, que indica la forma
correcta como deben transitar los usuarios de las vías.

Señales luminosas de peligro: Señales visibles en la noche que emiten su propia luz, en colores visibles como el rojo, amarillo o blanco.

Separador: Espacio estrecho y saliente que independiza dos calzadas de una vía.

Sobrecarga: Exceso de carga sobre la capacidad autorizada
para un vehículo automotor.

Sobrecupo: Exceso de pasajeros sobre la capacidad
autorizada para un vehículo automotor.

STTMP: Sistema de Transporte Terrestre Masivo de
Pasajeros. Es el conjunto de infraestructura, equipos,
sistemas, señales, paraderos, vehículos, estaciones e
infraestructura vial destinadas y utilizadas para la eficiente y
continua prestación del servicio público de transporte de
pasajeros en un área específica.

Taxi: Vehículo automotor destinado al servicio público
individual de pasajeros.

Taxímetro: Dispositivo instalado en un taxi para liquidar el
costo del servicio público a una tarifa oficialmente
autorizada.

Tipo de carrocería: Conjunto de características que definen
la carrocería de un vehículo.

Tráfico: Volumen de vehículos, peatones, o productos que
pasan por un punto específico durante un período
determinado.

Transformación de vehículo: Procedimiento físico y
mecánico mediante el cual un vehículo automotor puede ser
modificado con el fin de cumplir una función diferente o
mejorar su funcionamiento, higiene o seguridad.

Tránsito: Es la movilización de personas, animales o
vehículos por una vía pública o privada abierta al público.

Transporte: Es el traslado de personas, animales o cosas de un punto a otro a través de un medio físico.

Triciclo: Vehículo no motorizado de tres (3) ruedas,
accionado con el esfuerzo del conductor por medio de
pedales.

Unidad tractora: Vehículo automotor destinado a arrastrar
un remolque, un semirremolque, o una combinación de ellos.

Vehículo: Todo aparato montado sobre ruedas que permite el transporte de personas, animales o cosas de un punto a otro por vía terrestre pública o privada abierta al público.

Vehículo agrícola: Vehículo automotor provisto de una
configuración especial, destinado exclusivamente a labores
agrícolas.

Vehículo de emergencia: Vehículo automotor debidamente
identificado e iluminado, autorizado para transitar a
velocidades mayores que las reglamentadas con objeto de
movilizar personas afectadas en salud, prevenir o atender
desastres o calamidades, o actividades policiales,
debidamente registrado como tal con las normas y
características que exige la actividad para la cual se
matricule.

Vehículo de servicio particular: Vehículo automotor
destinado a satisfacer las necesidades privadas de
movilización de personas, animales o cosas.

Vehículo de servicio público: Vehículo automotor
homologado, destinado al transporte de pasajeros, carga o
ambos por las vías de uso público mediante el cobro de una
tarifa, porte, flete o pasaje.

Vehículo de servicio oficial: Vehículo automotor destinado
al servicio de entidades públicas.

Vehículo de servicio diplomático o consular: Vehículo
automotor destinado al servicio de funcionarios diplomáticos
o consulares.

Vehículo de tracción animal: Vehículo no motorizado
halado o movido por un animal.

Vehículo de transporte masivo: Vehículo automotor para
transporte público masivo de pasajeros, cuya circulación se
hace por carriles exclusivos e infraestructura especial para
acceso de pasajeros.

Vehículo escolar: Vehículo automotor destinado al
transporte de estudiantes, debidamente registrado como tal y
con las normas y características especiales que le exigen las
normas de transporte público.

Vía: Zona de uso público o privado, abierta al público,
destinada al tránsito de vehículos, personas y animales.

Vía arteria: Vía de un sistema vial urbano con prelación de
circulación de tránsito sobre las demás vías, con excepción de la vía férrea y la autopista.

Vía de metro o metrovía: Es aquella de exclusiva
destinación para las líneas de metro, independientemente de
su configuración y que hacen parte integral de su
infraestructura de operación.

Vía férrea: Diseñada para el tránsito de vehículos sobre
rieles, con prelación sobre las demás vías, excepto para las
ciudades donde existe metro, en cuyos casos será éste el que tenga la prelación.

Vía peatonal: Zonas destinadas para el tránsito exclusivo de
peatones.

Vía principal: Vía de un sistema con prelación de tránsito
sobre las vías ordinarias.

Vía ordinaria: La que tiene tránsito subordinado a las vías
principales.

Vía troncal: Vía de dos (2) calzadas con ocho o más carriles y con destinación exclusiva de las calzadas interiores para el
tránsito de servicio público masivo.

Zona escolar: Parte de la vía situada frente a un
establecimiento de enseñanza y que se extiende cincuenta
(50) metros al frente y a los lados del límite del
establecimiento.

Zona de estacionamiento restringido: Parte de la vía
delimitada por autoridad competente en zonas adyacentes a
instalaciones militares o de policía, teatros, bancos,
hospitales, entidades oficiales y de socorro, iglesias,
establecimientos industriales y comerciales, en la cual solo
pueden estacionar los vehículos autorizados.
















No hay comentarios.:

Publicar un comentario

En este espacio, puede dejar sus comentarios y sugerencias de temas